Un ginecólogo fue sancionado con una multa de 900.000 pesos y la obligación de asistir a un curso de capacitación luego de que una paciente lo denunciara por utilizar lentes equipados con una cámara durante una consulta médica, además de realizar comentarios inapropiados y mantener conductas que la mujer consideró ofensivas.
El caso llegó a la Justicia después de que la paciente denunciara una serie de situaciones ocurridas durante la atención ginecológica, entre ellas el uso de anteojos con capacidad para registrar imágenes, contacto físico que consideró indebido y expresiones que calificó como humillantes.
Según la denuncia, el profesional se dirigió a la mujer utilizando términos como "nena", "nenita" y "ovarios de pendeja", expresiones que fueron analizadas en el marco de la causa por su carácter despectivo y por el contexto en el que fueron pronunciadas.
La situación generó especial preocupación debido a que ocurrió durante una consulta ginecológica, un ámbito en el que deben garantizarse la privacidad, la intimidad, el consentimiento y el trato respetuoso hacia las pacientes.
El juez José Milton Peralta, encargado de resolver el caso, consideró acreditada la infracción contravencional de maltrato agravado por violencia de género.
Como consecuencia, el médico recibió una multa de 900.000 pesos y deberá asistir a un curso de capacitación, una medida destinada a promover el respeto y prevenir situaciones de violencia de género.
Uno de los aspectos más delicados de la denuncia fue la utilización de lentes con cámara durante la consulta. Este tipo de dispositivos permite registrar imágenes sin necesidad de sostener una cámara convencional, lo que plantea serios interrogantes sobre la privacidad de las personas atendidas.
Sin embargo, la información difundida no permite establecer si el profesional efectivamente grabó imágenes de la paciente o si posteriormente fueron almacenadas o difundidas.
La resolución judicial vuelve a poner en discusión la importancia del consentimiento informado, el respeto por la intimidad y el trato digno dentro de los consultorios médicos.
El episodio ocurrió el 26 de febrero de 2026 en la ciudad de Córdoba, durante una consulta relacionada con la preservación de óvulos. La resolución judicial fue dictada el 21 de octubre y difundida públicamente el 4 de noviembre.
Es importante aclarar que la Justicia no encontró pruebas suficientes para acreditar los contactos físicos indebidos denunciados ni pudo demostrar que el médico hubiera realizado fotografías o filmaciones. La sanción se fundamentó en el uso de los anteojos con cámara sin informar a la paciente y en los comentarios descalificantes que sí fueron considerados probados.
El fallo también revocó una absolución anterior y estableció que el profesional deberá realizar un curso educativo sobre género en Córdoba. Estamos más Cerca +1.