La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció los montos que bancos y plataformas digitales deben informar por transferencias, movimientos y saldos durante noviembre de 2026. El régimen alcanza a entidades financieras y empresas fintech.
Los parámetros consideran los ingresos y egresos acumulados a lo largo del mes, los saldos al cierre del período y determinadas operaciones individuales. Los importes varían según se trate de personas físicas o jurídicas.
Cuáles son los montos de referencia de ARCA
Para las personas humanas, el límite general de acreditaciones y transferencias acumuladas es de $50 millones mensuales. En el caso de sociedades y otras personas jurídicas, el monto de referencia es de $30 millones.
Los saldos al último día hábil del mes también se consideran: el parámetro es de $50 millones para personas físicas y de $30 millones para personas jurídicas. Para las extracciones en efectivo, el umbral mensual es de $10 millones, tanto para individuos como para empresas.
Además, las transferencias individuales tienen un parámetro de $2,5 millones para requerir información adicional, siempre que también se cumplan las condiciones mensuales previstas por el régimen.
Superar los límites no impide transferir dinero
Estos importes no son topes para operar. Superar un umbral no significa que ARCA vaya a iniciar automáticamente una fiscalización ni que la persona tenga prohibido transferir esa cantidad: son parámetros que determinan obligaciones de información para las entidades alcanzadas.
El organismo tampoco establece una cantidad máxima general de transferencias que una persona pueda recibir durante noviembre. El régimen considera los montos acumulados y los saldos, pero no fija un límite diario de operaciones. La cuestión central es poder identificar el origen de los fondos y el motivo de los movimientos.
También es importante distinguir una transferencia de dinero propio entre cuentas de una misma persona de los ingresos por actividades comerciales o prestación de servicios. En estos últimos casos pueden existir obligaciones de facturación y tributarias, independientemente de los umbrales informativos.
Qué documentación pueden pedir bancos y billeteras virtuales
Las entidades financieras y las billeteras virtuales cuentan con controles propios de prevención del lavado de activos. Por ese motivo, pueden solicitar explicaciones o comprobantes sobre el origen del dinero incluso si los movimientos no alcanzan los montos establecidos para informar a ARCA.
Entre la documentación que pueden requerir para respaldar ingresos u operaciones se encuentran:
- Recibos de sueldo o constancias de haberes jubilatorios.
- Facturas electrónicas emitidas por monotributistas o responsables inscriptos.
- Declaraciones juradas de impuestos.
- Boletos de compraventa y escrituras de inmuebles.
- Documentación relacionada con la venta de vehículos o el cobro de herencias.
- Extractos y comprobantes de transferencias entre cuentas del mismo titular.
