El juez de Audiencia de Juicio de Santa Rosa, Andrés Aníbal Olié, condenó a un hombre de 33 años por lesiones leves calificadas, amenazas agravadas por el uso de un arma y daño, en concurso real. La resolución corresponde a la Sentencia número 47/2026, dictada en el legajo número 184269.

El hecho ocurrió el 15 de abril de 2026, cerca de las 13.08, en una vivienda de la capital pampeana. Según se acreditó durante el debate oral, luego de una discusión en la que la víctima le pidió que se fuera, el agresor arrojó un televisor al suelo y lo destruyó.

La agresión incluyó golpes y amenazas con un cuchillo

Después, el hombre tomó una cuchilla tipo carnicero, le provocó un corte en el tórax a la víctima y la amenazó de muerte. También le dio golpes de puño, que le causaron sangrado nasal, y patadas en las piernas y el rostro.

En el juicio declararon la víctima, su madre y el personal policial que intervino. El tribunal aplicó el principio de amplitud probatoria previsto en la Ley 26.485 y tuvo en cuenta fotografías que mostraban rastros de sangre y lesiones, además de un informe técnico sobre los daños al televisor.

El tribunal consideró los antecedentes de violencia de género

La sentencia sostuvo que el ataque no fue un episodio aislado, sino parte de un historial prolongado de violencia física, psicológica y patrimonial contra la misma víctima. El legajo incorporó condenas anteriores contra el acusado, dictadas entre 2020 y 2025 por delitos cometidos en el marco de esa relación de pareja.

El juez encuadró los hechos en los artículos 89, 92, 80 incisos 1 y 11, 149 bis, primer párrafo, segundo supuesto, 183 y 55 del Código Penal, junto con la Ley Provincial de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

La condena será de cumplimiento efectivo

Al resolver, el magistrado ponderó la gravedad de los hechos, la reincidencia del acusado y la falta de eficacia de las medidas de coerción adoptadas previamente. Por esos motivos, dispuso una pena de cumplimiento efectivo y ordenó el alojamiento del condenado en el establecimiento carcelario correspondiente.