La Procuración General de la Nación consideró inadmisible un recurso extraordinario presentado por el Gobierno nacional contra la suspensión de algunos artículos del DNU 70/2023 vinculados con la actividad farmacéutica. De esta manera, continúan vigentes las exigencias profesionales para el funcionamiento de farmacias, droguerías y herboristerías.
La medida judicial mantiene la obligación de que cada farmacia cuente con un farmacéutico responsable, mientras que también se sostienen los requisitos establecidos para el funcionamiento de droguerías y herboristerías.
El conflicto comenzó a partir de las modificaciones introducidas por el DNU 70/2023 a la Ley 17.565. Entre otros cambios, la normativa buscaba flexibilizar algunas condiciones vinculadas con el funcionamiento de los establecimientos y las responsabilidades profesionales.
El Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos presentó una acción judicial contra esas modificaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había suspendido de manera cautelar la aplicación de los artículos cuestionados.
El Gobierno buscó revertir esa decisión y sostuvo que los cambios tenían como objetivo aumentar la competencia y reducir los precios de los medicamentos. Sin embargo, la Procuración consideró que la resolución de la Cámara no constituía una sentencia definitiva y que el Estado no había demostrado un perjuicio que justificara la intervención de la Corte en esta instancia.
De esta manera, por ahora se mantiene la medida cautelar que suspendió los cambios impulsados por el Gobierno en materia de regulación farmacéutica.
Desde el sector farmacéutico destacaron la decisión y sostuvieron que la presencia de profesionales especializados constituye una garantía para la seguridad en el manejo y la dispensación de medicamentos.

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