Tras las críticas, el Gobierno aclarará la propuesta sobre blanqueo y Bienes Personales

Luego de las críticas que generó la Ley Ómnibus enviada este miércoles al Congreso, el Gobierno adelantó que aclarará la propuesta sobre blanqueo y Bienes Personales incluida en el proyecto ya que la misma fue «levantada incorrectamente» por los medios.

Así lo anunció el ministro de Economía Luis Caputo como respuesta a un posteo en la red social X que criticaba la reforma fiscal. «Pretenden seducir a argentinos a que hagan otro blanqueo y no eliminan bienes personales ni renta financiera. No le encuentro el sentido y ambos impuestos no recaudan nada», aseguró un usuario.

El exfuncionario macrista le respondió que «los diarios han levantado incorrectamente el tema del blanqueo y bienes personales. Ya lo vamos a aclarar para evitar mal entendidos», anticipó. Sin embargo, no añadió cuándo brindará la información ni por qué medio.

El proyecto de Ley Ómnibus propone un «Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social» que regiría desde su aprobación y hasta el 30 de noviembre de 2024. Incluye dinero en efectivo, participaciones accionarias, inmuebles, títulos valores y bienes intangibles, entre otros.

Ley Ómnibus: el proyecto incluye un nuevo régimen de Bienes Personales

El proyecto de Ley Ómnibus que envió este miércoles el Gobierno nacional al Congreso incluye un nuevo «Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales» (REIBP) para todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027.

El texto detalla que la opción de adherir al REIBP será individual y voluntaria, y estará abierta hasta el 31 de marzo de 2024. Los contribuyentes que opten por adherirse al REIBP, tributarán el Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 en forma unificada.

A efectos de determinar la base imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales para los períodos fiscales 2023 a 2027, deberá cumplirse con las condiciones que se enuncian a continuación:

  • Se tomarán en cuenta los bienes existentes en el patrimonio del contribuyente al 31 de diciembre de 2023, inclusive.
  • Se procederá a valuar todos los bienes del patrimonio existentes al 31 de diciembre de 2023 usando para ello las reglas de valuación previstas en la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Tratándose de los bienes a los que alude el inciso g) del artículo 22 de la citada norma legal, el valor total de los bienes gravados en el país comprenderá aquellos que puedan ser detraídos de conformidad con el punto 3.
  • Del monto resultante, se restará el valor de los bienes exentos indicados en el artículo 21 del Título VI de la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones

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