La Cámara Civil de Santa Rosa confirmó la multa que Defensa del Consumidor le aplicó a la Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa (CPE) por una infracción a la ley de Defensa del Consumidor a partir de un reclamo de un abonado al servicio de internet. La multa, aplicada en diciembre del 2021, era de 20 mil pesos.
Las camaristas Adriana Gómez Luna y Fabiana Berardi rechazaron el recurso de la CPE contra la disposición dictada por la Dirección de Defensa del Consumidor a partir de la denuncia que realizó un vecino de Santa Rosa. La infracción fue la contemplada en el artículo 4 de la Ley 24.240 sobre el deber de informar.
El reclamo se inició en abril del 2018, cuando un vecino «en el que refirió que al llamar a la Cooperativa para aumentar su capacidad de internet, se le informó que debía ponerse al día en relación a la deuda que tenía por un error en el cobro del servicio de internet desde que contrató el servicio.
Asimismo, transcurrido más de un año sin que le avisara nada acerca del error se le indicó que se comenzaría a cobrar de manera inmediata en las siguientes facturas, a lo que expresó su desacuerdo. Indicó que, efectivamente, en la factura de marzo de 2018 le aplicaron obligatoriamente el cobro del concepto «ajuste de servicio cable modem», el que pagó para no quedarse sin servicio, pero en el siguiente mes, le facturan el mismo concepto. Afirmó que estaba dispuesto a abonar el servicio normal pero no costos adicionales por errores que no fueron suyos, y solicitó, en consecuencia, la anulación inmediata del cobro del concepto ajuste de servicio cable modem y una devolución de los pagos efectuados».
En el fallo se menciona que «al momento de formular su descargo la Cooperativa reconoció que existió una falla en el sistema de facturación, afirmando que debió haber surgido para el denunciante que con la suma de $75 no estaba pagando alguno de los servicios. Ofreció no hacer lugar a la devolución de las 2 primeras cuotas abonadas y mantener el valor histórico y sin aplicación de intereses del acuerdo de pago -en 12 cuotas- propuesto (del cual ya pagó 2 cuotas)».
La Cámara Civil, después de analizar el expediente, concluyó «que la sanción aplicada estuvo correctamente respaldada con las constancias obrantes en el expte. administrativo y debidamente fundamentada en su graduación, siendo válida la actuación del órgano administrativo».
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