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Condenaron a tres años de prisión a un estafador

06/08/2015
Condenaron a tres años de prisión a un estafador
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Por una unificación de penas, José Edigio Forno, un comerciante de 45 años deberá cumplir una pena de tres años de cárcel, una vez que el fallo quede firme. Estafó a una firma local por $314.769,32.

El juez de audiencia, Andrés Olié, condenó a José Edigio Forno a un año de prisión como autor material y penalmente responsable del delito de estafa (artículo 172 del Código Penal) en perjuicio de una empresa pampeana, le revocó la condicionalidad de otra sentencia condenatoria impuesta por la Cámara Criminal 2 de Neuquén el 18 de junio de 2009 y le unificó ambas penas en una única a tres años de prisión de efectivo cumplimiento. Una vez que el fallo quede firme se procederá a la detención inmediata del imputado.

Olié dio por probado que Forno, un comerciante de 45 años, domiciliado en la ciudad rionegrina de Cipolletti, le ocasionó a la firma local un perjuicio de 314.769,32 pesos. ¿Cómo fue la maniobra defraudatoria? A fines de 2011 y en abril de 2012, el acusado “simulando ser el señor José Avila y también su calidad de apoderado de la cooperativa Cersinplat”, de Cutral Co, concretó con un socio gerente de la damnificada la provisión de casi 140.000 ladrillos cerámicos “en diferentes entregas parciales”, obteniendo a cambio el “desembolso voluntario de 13 cheques con vencimientos escalonados por un total de 351.722,80 pesos”.

“Para cumplir con los actos de simulación, el acusado usurpó el nombre de una persona que efectivamente trabajaba en Cersinpat, suscribió todos los documentos a su nombre, como “gerente comercial”, entregó documentación apócrifa de la cooperativa –poder de actuación y acta constitutiva de ella– y también hizo un cumplimiento parcial del compromiso asumido, para lo cual adquirió un equipo de ladrillos cerámicos en la cooperativa, oportunidad en la cual el verdadero José Ávila tomo contacto con él precisamente para acordar esa venta”. Avila era el jefe de ventas de la empresa que fabrica y vender ladrillos.

“La actuación de Forno estuvo directamente dirigida a la obtención del resultado lesivo, consistente en la entrega de los valores, para lo cual montó y orquestó una ‘mise en scene’ (sic), consistente en adoptar y simular una identidad extraña –pero que se correspondía con un sujeto que realmente trabajaba en la empresa- y aportar documentación que parecía dar legitimidad a la operación, e incluso efectuar una entrega parcial de material”.

Durante el juicio, el fiscal Máximo Paulucci había solicitado que el imputado sea condenado a un año de prisión y que la pena única sea de cuatro años y había cuantificado la estafa en un monto aproximado de 360.000 pesos. El defensor particular Gastón Gómez, en cambio, alegó por su absolución y, subsidiariamente, solicitó que el monto punitivo sea impuesto dentro de la pena a tres años en suspenso que le había impuesto el tribunal neuquino.

El juez, para imponerle un año de prisión, tuvo en cuenta la extensión del año, la existencia de antecedentes penales y su profesión de comerciante, “circunstancia que lo pone en un directo y efectivo conocimiento de los medios de pago usuales en la actividad y la fe que amerita una orden de pago (cheque)”.

Con relación a la defraudación, consideró que fue de 314.769,32 pesos, ya que solo redujo de la cifra original la entrega de un viaje de ladrillos por 9.060,48 pesos y un cheque por 27.893, cuyo cobro fue cancelado por orden judicial y “no hay constancia de que su percepción haya sido lograda de modo judicial o extrajudicial”.

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