El tribunal ratificó una indemnización de 3,35 millones de pesos, más intereses, y la obligación de brindar tratamiento psicológico a la trabajadora.
La resolución fue dictada el 20 de octubre por la Sala A, integrada por los jueces Mariano Martín y Roberto Ibáñez, quienes rechazaron todos los cuestionamientos presentados por la aseguradora.
El caso se inició a partir de un accidente ocurrido el 14 de enero de 2021, cuando Mónica Juana Trueba, empleada de Pampaclean SA, tropezó mientras realizaba tareas de limpieza y cayó sobre ambas rodillas. Al intentar amortiguar el golpe con los brazos sufrió, entre otras lesiones, una afección en el hombro derecho.
Inicialmente, la Comisión Médica Jurisdiccional determinó una incapacidad laboral permanente del 6,03%, por lo que Swiss Medical ART le abonó 585.927 pesos en mayo de 2023.
Sin embargo, la trabajadora cuestionó ese porcentaje y acudió a la Justicia al considerar que las secuelas del accidente eran mayores y que también había sufrido consecuencias psicológicas.
Durante el proceso judicial, una pericia médica estableció una incapacidad física del 9,45%, mientras que una evaluación psicológica determinó una incapacidad del 20% por un cuadro depresivo vinculado con el accidente.
La jueza de primera instancia combinó ambas incapacidades mediante el método de capacidad restante y, tras aplicar los factores legales de ponderación, estableció una incapacidad laboral permanente del 30,93%.
Sobre esa base, condenó a la aseguradora a pagar 3.350.390 pesos, más intereses, y a garantizar las prestaciones psicológicas indicadas por la profesional interviniente.
El daño
Uno de los aspectos centrales del fallo fue el reconocimiento de las consecuencias psicológicas del accidente.
Swiss Medical cuestionó que la incapacidad psicológica fuera superior a la física y sostuvo que el diagnóstico no había considerado suficientemente las circunstancias personales y familiares de la trabajadora.
La Cámara rechazó esos argumentos. Explicó que la legislación no establece que la incapacidad psicológica deba ser inferior a la física y que ambas deben evaluarse según sus características particulares.
La pericia psicológica había identificado un cuadro depresivo con tristeza profunda, desesperanza, alteraciones del sueño, pérdida de interés y dificultades para desenvolverse en los ámbitos personal, social y laboral.
Los camaristas también destacaron que la trabajadora había atravesado situaciones personales difíciles antes del accidente, pero que había logrado mantener su actividad laboral. Según la evaluación profesional, el deterioro emocional apareció después de la lesión, cuando las limitaciones físicas afectaron su autonomía y sus posibilidades de trabajar.
Además, señalaron que Swiss Medical no había impugnado oportunamente las pericias ni solicitado explicaciones técnicas durante el proceso.
El fallo también dejó al descubierto una equivocación matemática en la sentencia de primera instancia que terminó beneficiando a la aseguradora.
Los camaristas advirtieron que, si la incapacidad total reconocida era del 30,93% y la trabajadora ya había recibido una indemnización correspondiente al 6,03%, la diferencia debía ser del 24,90%.
Sin embargo, la sentencia había utilizado un porcentaje del 24,09% para calcular la indemnización.
La Cámara explicó que corregir esa diferencia habría significado aumentar el monto de la condena. Pero, como Swiss Medical fue la única parte que apeló, el tribunal no podía modificar la sentencia en perjuicio de la aseguradora recurrente.
Por ese motivo, mantuvo el importe establecido originalmente.
Finalmente, los jueces también confirmaron que los intereses sobre la diferencia adeudada deben computarse desde mayo de 2023, cuando la ART efectuó el pago inicial, con la capitalización semestral prevista por la legislación laboral.
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