La Justicia confirmó la condena a seis años de prisión efectiva contra F.H.C. por el abuso sexual de una adolescente de 17 años durante los festejos del Último Primer Día (UPD) en Eduardo Castex.
La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa rechazó el recurso presentado por la defensa y ratificó la sentencia que había sido dictada en primera instancia por el juez de Audiencia Andrés Aníbal Olié.
La confirmación de la condena mantiene uno de los puntos centrales del fallo: se trata de seis años de prisión de cumplimiento efectivo y no de una pena condicional.
Esto no significa necesariamente que el joven deba ingresar a prisión de manera inmediata a partir de la resolución del Tribunal de Impugnación. La condena comenzará a ejecutarse cuando la sentencia se encuentre en condiciones legales de ser cumplida y la Justicia disponga su ejecución. Si el condenado se encuentra en libertad en ese momento, deberá ordenarse su detención para comenzar a cumplir la pena privado de su libertad.
Hasta el momento, la información judicial difundida no precisa si F.H.C. se encuentra actualmente detenido o si permanece en libertad mientras continúan las instancias judiciales correspondientes. Por eso, no puede afirmarse que ya haya comenzado a cumplir los seis años de prisión.
EL ABUSO OCURRIÓ DURANTE EL UPD EN EDUARDO CASTEX
El hecho ocurrió durante la madrugada del 5 de marzo de 2025, en un galpón que había sido alquilado por estudiantes para celebrar el tradicional Último Primer Día.
De acuerdo con los hechos que la Justicia tuvo por acreditados durante el juicio, la adolescente se alejó hacia el sector de estacionamiento y allí fue interceptada por el joven, que tenía 18 años al momento del episodio.
La Justicia consideró probado que el acusado ignoró las negativas de la víctima, ejerció violencia y cometió el abuso sexual con acceso carnal.
LA DEFENSA BUSCÓ EVITAR LA PRISIÓN EFECTIVA
La defensa oficial, a cargo de Paula Arrigone, había solicitado la absolución del joven y cuestionó la valoración de las pruebas, la declaración de la víctima en Cámara Gesell y distintos elementos médicos, psicológicos y genéticos incorporados a la causa.
De manera subsidiaria, pidió que se apartara del mínimo legal de seis años y se impusiera una pena de tres años de prisión de ejecución condicional. De haber prosperado ese planteo, el condenado hubiera evitado el cumplimiento efectivo de la pena en prisión.
El Tribunal de Impugnación rechazó los planteos de la defensa y consideró que la sentencia original realizó una valoración integral y razonada de las pruebas. Los jueces tampoco hicieron lugar al argumento relacionado con la edad del condenado, quien acababa de alcanzar la mayoría de edad cuando ocurrió el hecho.
RATIFICARON LOS SEIS AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA
El delito por el que fue condenado contempla una escala penal de seis a quince años de prisión. En primera instancia se había aplicado el mínimo de seis años y el Tribunal de Impugnación resolvió mantener esa pena.
Los jueces Mauricio Federico Piombi y María Paola Frigerio confirmaron así la condena contra F.H.C. por abuso sexual con acceso carnal mediante el empleo de violencia, en contexto de violencia de género.
La resolución representa un paso judicial clave en la causa que tuvo como víctima a una adolescente de Eduardo Castex. Los seis años de prisión efectiva quedaron ratificados por el Tribunal de Impugnación. Cuando la condena se encuentre en condiciones de ser ejecutada, F.H.C. deberá cumplirla privado de su libertad; si para ese momento se encuentra en libertad, la Justicia deberá disponer su detención para que comience el cumplimiento de la pena.
El Tribunal de Impugnación Penal ratificó la pena de seis años de prisión efectiva contra F.H.C. por el abuso sexual de una adolescente de 17 años, ocurrido durante los festejos del Último Primer Día en Eduardo Castex.

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