El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) proponen un nuevo reglamento para aplicar la ley sobre requisitos de elegibilidad para los créditos fiscales reembolsables. De esta manera, cumplirían con el deseo del presidente Donald Trump de garantizar que los beneficios fiscales estén reservados para los contribuyentes estadounidenses. Algunos grupos de migrantes quedarían excluidos de este alivio fiscal.
“Bajo la presidencia de Trump, se acabaron los días en que los inmigrantes indocumentados cobraban beneficios financiados por los contribuyentes; la ley federal es clara y el Departamento del Tesoro la está haciendo cumplir”, declara el secretario del Tesoro, Scott Bessent, en un comunicado donde está muy claro que se intenta desfavorecer a los inmigrantes.
Agrega que “los contribuyentes estadounidenses no deberían verse obligados a pagar los beneficios que reciben quienes, por ley, tienen prohibido recibirlos”. Bessent asegura que “las regulaciones propuestas ponen fin al abuso, protegen la integridad del sistema tributario y priorizan los intereses de nuestros ciudadanos”.
El director ejecutivo del IRS, Frank J. Bisignano, en tanto, explica que “las regulaciones propuestas garantizan que los créditos fiscales reembolsables, como el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC), protegen la integridad de cada dólar de los contribuyentes”.
¿A qué extranjeros afectarían las disposiciones?
En concreto, las medidas apuntan a fortalecer la aplicación de la Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidades Laborales de 1996 (PRWORA). Establecerían que la parte reembolsada de ciertos créditos fiscales son “beneficios públicos federales” y pondrían reglas más claras sobre quiénes son legalmente elegibles para recibirlos.
El IRS podría cambiar algunas normas que afectarían a los solicitantes de créditos fiscales, en especial, a quienes no son estadounidenses. Foto: Kent Nishimura. REUTERS.
El comunicado del Departamento del Tesoro dice que “esta medida frenaría el abuso de los créditos fiscales y garantizaría que los inmigrantes indocumentados y otros extranjeros no cualificados, excluidos por la ley federal, no reciban prestaciones públicas a las que no tienen derecho”.
Recuerda que, según la PRWORA “solo los ciudadanos estadounidenses, los nacionales estadounidenses y los extranjeros calificados pueden recibir beneficios públicos federales”.
De ser aprobada, la normativa aplicará las disposiciones de la PRWORA a cuatro créditos fiscales:
- Crédito fiscal por adopción
- Crédito fiscal por hijos (CTC)
- Crédito fiscal por oportunidad estadounidense
- Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC)
Las medidas que impulsan Bessent y Bisignano establecerían que, para recibir la parte reembolsable de alguno de estos créditos el contribuyente debe cumplir con lo siguiente:
- Debe ser ciudadano estadounidense, nacional estadounidense o extranjero calificado en la fecha en que presente por primera vez la declaración de impuestos federales (Formulario 1040).
- Quedarían excluidos los residentes permanentes legales, los solicitantes de asilo y los refugiados, entre otros grupos.
- El solicitante debe declarar, bajo pena de perjurio, que tiene derecho a recibir la parte reembolsada del crédito.
- En el caso de una declaración conjunta, solo uno de los cónyuges debe ser ciudadano estadounidense, nacional estadounidense o extranjero con permiso de residencia.
Margot Crandall-Hollick, investigadora del Centro de Política Fiscal Urban-Brookings, explicó a CNBC que la nueva norma afectaría a muchos extranjeros que tienen número de la Seguridad Social (SSN) y autorización para trabajar en los Estados Unidos. Ello incluye a las personas con una solicitud de asilo pendiente, a los beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS), que está finalizando para muchas comunidades, y a los beneficiarios de la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), entre otros.
Algunos migrantes que tienen permiso para trabajar podrían quedar excluidos de cuatro créditos fiscales del estado norteamericano. Imagen: BBC.
El comunicado aclara que “la parte reembolsable es el monto total de los créditos citados que excede la obligación tributaria sobre la renta correspondiente al año fiscal”. Explica que “un contribuyente que no reúne los requisitos para recibir esa parte aún puede reclamar cualquier parte de un crédito para la cual sí reúne los requisitos y que generalmente compensa la obligación tributaria sobre la renta”.
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