07/09/2026 16:04
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Oficial y confirmado: USCIS invalidará trámites de permiso de trabajo y extensión de estatus legal que no usen el nuevo formato

Oficial y confirmado: USCIS invalidará trámites de permiso de trabajo y extensión de estatus legal que no usen el nuevo formato

Desde septiembre, la agencia solo acepta la nueva versión de dos formularios. La medida impacta en estudiantes y trabajadores extranjeros que permanecen en Estados Unidos.

En sintonía con medidas tomadas por el presidente Donald Trump que entrarán en vigor el 15 de septiembre, el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) exigirá, desde esa fecha, la presentación de nuevos formularios para el permiso de trabajo y la extensión del estatus legal.

El gobierno federal limitó la extensión de las visas F 1 (estudiantes) y J 1 (intercambio) que pasarán a tener una duración máxima de cuatro años. También redujo el período por el cual podrán permanecer los periodistas extranjeros con visa I (pasa a 240 días)

Hasta ahora, los estudiantes con visa F 1 y los visitantes de intercambio J 1 eran admitidos según la duración de sus programas, sin una fecha de finalización. O sea que si el estudiante se demoraba en finalizar sus estudios podía quedarse. Esto cambiará desde septiembre.

Tras finalizar el programa, habría 30 días para preparar la salida (en lugar de los 60 días actuales para F 1) y quienes necesiten más deberán presentar el Formulario I-539 para extensión de estadía. Precisamente, ese es uno de los formularios que cambia su formato.

¿A quiénes afectan los cambios?

El USCIS informó, en un comunicado, que "publicará ediciones revisadas del Formulario I-539 y también del Formulario I-765 (Solicitud de Autorización de Empleo, utilizada por periodistas y otros trabajadores) el próximo 15 de septiembre". Las ediciones anteriores, emitidas en 2024 y 2025, respectivamente, quedarán sin efecto.

El Formulario I-765 ha sido adaptado a los cambios dispuestos por el gobierno federal de Donald Trump. Foto: Archivo Clarín.

Agrega la información oficial: “Debido a que no hay periodo de gracia, USCIS está proporcionando versiones preliminares del Formulario I-539 y del Formulario I-765 con sus respectivas instrucciones”.

Por otra parte, aconseja no presentar las nuevas ediciones de los formularios antes del 15 de septiembre, porque solo las aceptarán si “si están mataselladas o se presentan electrónicamente en o después de ese día”.

Entre los afectados por las medidas sobre el Formulario I-765 figuran:

  • Solicitantes de asilo (categoría C 8).
  • Refugiados y determinadas personas con parole u otras categorías de protección.
  • Beneficiarios de DACA.
  • Personas que solicitan un EAD (permiso de trabajo) por primera vez o una renovación.

En cuanto al Formulario I-539, entre los afectados están:

  • Estudiantes con visas F-1 y F-2.
  • Estudiantes con visas M-1 y sus dependientes (M-2).
  • Visitantes de intercambio (visas J-1 y J-2).
  • Periodistas con estatus I.

Por otra parte, el USCIS aclara que no deberán presentar el Formulario I-539 para solicitar un cambio de estatus o extensión de estadía las siguientes categorías:

• Comerciantes amparados por tratados y empleados principales (E-1)

• Inversionistas y empleados principales (E-2) amparados por tratados

• Personas no inmigrantes con las siguientes visas: H-1B, H-1B1, H-2A, H-2B y H-3; L-1; O-1 y O-2; P-1, P-2, P-3, P-1S, P-2S o P-3S; Q-1; R-1 y TN-1 y TN-2

El USCIS aconseja “revisar cuidadosamente las instrucciones para presentar el Formulario I-539 antes de enviarlo para asegurarse de que está presentando su solicitud de prórroga o cambio de estatus mediante el documento correcto”.

Los trámites pueden realizarse abriendo una cuenta personal en USCIS. Foto: USCIS.

También aclara que “las solicitudes de prórroga de estancia o de cambio de estatus a ciertas clasificaciones basadas en el empleo deben presentarse utilizando el Formulario I-129 (Petición para un trabajador no inmigrante) en lugar del Formulario I-539”.

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