01/09/2026 18:32
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El campo, en alarma por el proyecto de “ecocidio”: advierten que podría frenar inversiones y judicializar la producción

El campo, en alarma por el proyecto de “ecocidio”: advierten que podría frenar inversiones y judicializar la producción

El Consejo Agroindustrial cuestionó aspectos jurídicos de la iniciativa que podría alcanzar a actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras e industriales.

El debate por la protección ambiental llegó al Senado con una fuerte advertencia del sector productivo. El Consejo Agroindustrial Argentino (CAA), que reúne a las principales cadenas agroindustriales del país, reclamó que no se trate el dictamen que propone incorporar la figura del “ecocidio” al Código Penal y alertó que, tal como está redactado, podría generar un escenario de elevada inseguridad jurídica para productores, empresas y responsables técnicos.

El proyecto, impulsado desde las Comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Ambiente y Desarrollo Sustentable, figura en la Orden del Día Nº 122/2026. Frente a su posible tratamiento en una sesión ordinaria del Senado, el CAA presentó un documento en el que cuestionó distintos aspectos jurídicos de la iniciativa y sostuvo que sus efectos podrían alcanzar a actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras e industriales.

La preocupación central está puesta en la amplitud con la que se define el delito. El dictamen establece que habrá ecocidio cuando se provoquen determinados daños ambientales “violando cualquier normativa vigente de protección ambiental y sus reglamentaciones”.

Para el sector agroindustrial, esa redacción abre una puerta demasiado amplia: una infracción a una resolución administrativa, una norma provincial o incluso una ordenanza municipal podría convertirse en el punto de partida de una causa penal federal, con penas de 3 a 10 años de prisión.

“Al diluir las leyes de presupuestos mínimos y expandir la base legal a ‘cualquier norma’, la vulneración de una simple resolución administrativa menor o una ordenanza municipal (...) se convertirá de inmediato en el disparador de un delito federal”, sostuvo el CAA.

La preocupación por los conceptos “difusos”

Otro de los cuestionamientos apunta a la utilización de expresiones como “daño especialmente grave”, “deterioros severos”, “extensión espacial” y “duración temporal”, sin que el proyecto establezca parámetros cuantitativos o estándares técnicos objetivos.

El Consejo Agroindustrial considera que esta indefinición puede terminar dejando en manos de los jueces la determinación de qué constituye un delito, en lugar de que la propia ley establezca con precisión la conducta prohibida.

El problema adquiere particular relevancia para el agro y otras actividades productivas, donde existe una diferencia entre impacto ambiental y daño ambiental. Toda actividad humana genera algún impacto, pero eso no significa necesariamente que exista un daño ilícito: una producción agrícola, ganadera o industrial puede estar autorizada y operar bajo un estudio de impacto ambiental y dentro de los parámetros establecidos por la autoridad competente.

Según el CAA, el proyecto no establece con suficiente claridad esa frontera y podría terminar criminalizando actividades que actualmente son legales y reguladas.

Remediar el daño no evitaría el delito

Uno de los puntos que más preocupa a las cadenas productivas es la definición de “daño ambiental irreversible”. El dictamen establece que esa condición se configuraría independientemente de las medidas de mitigación o remediación que puedan aplicarse.

Para el Consejo Agroindustrial, esto genera un efecto contraproducente: una empresa podría invertir recursos significativos para recomponer un área afectada y, sin embargo, esa acción no tendría incidencia sobre la configuración del delito agravado.

La figura podría implicar penas de 5 a 15 años de prisión, incluso cuando exista una respuesta posterior destinada a reparar el daño.

El CAA sostiene que la legislación debería promover la prevención, mitigación y recomposición ambiental, y advierte que la redacción propuesta podría desalentar precisamente las inversiones destinadas a remediar eventuales incidentes.

Accidentes y errores, bajo la lupa penal

La entidad también cuestionó la creación del denominado “ecocidio culposo”, que habilitaría la persecución penal frente a conductas derivadas de imprudencia, negligencia, impericia o incumplimiento de determinados deberes.

La preocupación pasa por el alcance que podría tener esta figura en sectores donde las operaciones involucran riesgos técnicos y contingencias. Una falla de infraestructura, un accidente durante el transporte, un error en un estudio de impacto ambiental o una contingencia operativa podrían derivar, según el caso, en investigaciones penales contra directivos, ingenieros y técnicos.

Para el CAA, llevar este tipo de situaciones al terreno de delitos con penas severas resulta desproporcionado y puede incrementar sustancialmente el riesgo jurídico asociado a la inversión productiva.

El proyecto también contempla fuertes sanciones para las personas jurídicas: suspensión total o parcial de actividades por hasta 10 años, inhabilitaciones, pérdida de beneficios estatales y multas de entre dos y cinco veces el beneficio indebido obtenido. Pero el punto que encendió otra alarma es la alternativa prevista cuando ese beneficio no pueda determinarse. En ese caso, la multa podría ubicarse entre el 10% y el 20% del capital social suscripto.

El CAA considera que una sanción de esa magnitud podría tener un efecto confiscatorio y llevar a empresas y pymes a una situación de “quiebra técnica”, incluso antes de que exista una sentencia firme si se aplicaran determinadas medidas cautelares.

A esto se suma un agravante especialmente sensible: cuando exista una muerte vinculada con el daño ambiental, las penas podrían llegar hasta 25 años de prisión. El dictamen contempla además que la responsabilidad pueda aplicarse aun cuando el fallecimiento se produzca después de que haya cesado la actividad contaminante.

Para el sector productivo, esto introduce una incertidumbre temporal difícil de dimensionar y podría mantener abiertas contingencias penales durante años después de finalizada una operación.

El temor a la judicialización de la producción

En su presentación, el Consejo Agroindustrial fue más allá de las objeciones estrictamente jurídicas y advirtió sobre el posible uso estratégico de la figura del ecocidio por parte de organizaciones ambientalistas.

La entidad recordó que distintos grupos ya han utilizado ese concepto para cuestionar actividades productivas reguladas, como plantaciones forestales, producción hidrocarburífera y operaciones vinculadas al complejo agroindustrial y portuario.

La preocupación del sector es que la incorporación del ecocidio al Código Penal transforme esas disputas en denuncias penales capaces de derivar en pedidos de clausura, embargos y detenciones.

Con ese argumento, el CAA reclamó que el Senado no avance con el tratamiento del dictamen y ofreció aportar estudios técnicos sobre sus posibles efectos constitucionales, productivos y macroeconómicos.

El planteo abre así un debate que excede la cuestión ambiental: para el sector agroindustrial, el desafío es encontrar una legislación que eleve la protección del ambiente sin convertir la incertidumbre regulatoria y judicial en un nuevo costo para producir, invertir y generar empleo.

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