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La Justicia pampeana vuelve a atender el 18, pero con turnos

Los turnos podrán solicitarse a partir del 11 de mayo.

09/05/2020
El STJ prorrogó la feria, pero atenderán situaciones de violencia de género
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Tras casi dos meses de «feria extraordinaria», el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa dictaminó que la actividad judicial se «normalizará» a partir del próximo lunes 18 de mayo. Así lo informó el cuerpo, que detalló que la atención se realizará con «turnos previos» y los cuales se podrán solicitar a partir de este lunes 11.

El STJ, a través del acuerdo 3705, resolvió prorrogar la feria extraordinaria judicial hasta el domingo 17 inclusive, aunque con una novedad importante: a partir de que la actividad se normalice el lunes 18, siempre dentro del contexto de máxima emergencia sanitaria. El acuerdo lleva las firmas de los ministros José Roberto Sappa, en su calidad de presidente, Eduardo Fernández Mendía, Elena Victoria Fresco, Hugo Oscar Díaz y Fabricio Luis Losi.
Allí el STJ aprobó a partir del 18 de mayo la prestación del servicio de justicia se efectué de acuerdo a las «Pautas para el funcionamiento de los organismos del Poder Judicial en el período de máxima emergencia sanitaria» por la pandemia del coronavirus y las «Medidas y recomendaciones sanitarias»; y autorizó a la presidencia a «suscribir los convenios necesarios para la implementación de sistemas de comunicación electrónica con organismos o entidades públicas o privadas».
Todo ello pensando en reducir al máximo posible la circulación de personas y cuidar la salud del personal judicial y de las personas que concurran a los tribunales. Por eso, además, se fijaron una serie de disposiciones y recomendaciones sanitarias.

Turnos previos.
La novedad más saliente será que la atención al público se realizará a través de la asignación de turnos previos, que deberán gestionarse mediante el «sistema de turnos on line» que está disponible en la página web del Poder Judicial (justicia.lapampa.gob.ar). Ese requisito abarca a abogados, procuradores, auxiliares de la justicia y público en general. En los juzgados de paz también se aplicará esa modalidad, aunque los turnos deberán tramitarse telefónicamente a través de los números que figuran publicados en dicha página.
La acordada especifica, que todo el personal regresará a sus actividades habituales, de 7 a 13, excepto los magistrados, funcionarios y empleados mayores de 60 años, embarazadas en cualquier trimestre y los grupos de riesgo descriptos en el decreto 555/20 del PEP (personas con enfermedades respiratorias, cardíacas e inmunodeficiencias congénitas o adquiridas -no oncohematológica-, pacientes oncohematológicos y trasplantados, con insuficiencia renal crónica en diálisis, diabéticos, obesos con índice de masa corporal mayor a 40, etc.).
También tendrá justificada su inasistencia la madre, padre o persona adulta responsable a cargo de un niño, niña o adolescente, y cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de ellos, mientras dure la suspensión de clases establecida por el citado decreto.

Otros puntos.
Según se puede apreciar en el acuerdo 3705 del STJ, la atención al público será en el horario habitual de 7 a 12.30, mientras que en todos los edificios judiciales, excepto en el Centro Judicial de Santa Rosa, habrá una única entrada para ordenar la circulación del público, y por razones de seguridad y salubridad.
«En cada ingreso a los edificios judiciales se solicitará la constancia del turno asignado. La persona debe entrar sin acompañantes (en caso de no ser posible, se mantendrá la distancia social y física aconsejada por las normas de higiene y salubridad)», se precisó en la acordada.
Por su parte, el personal judicial que presente cualquier tipo de sintomatología compatible con el coronavirus (tos, fiebre, dolor de garganta, dificultades respiratorias, anosmia, disgeusia, etc.) deberá abstenerse de asistir a su puesto de trabajo y tendrá que notificar de ello a la Secretaría de Recursos Humanos en forma inmediata por correo electrónico.
Cuando el plantel de un organismo se encuentre sustancialmente reducido -por las excepciones previstas-, y ello afecte la prestación normal del servicio, la Dirección General de Administración quedará facultada para efectuar «reasignaciones transitorias de personal», establecer horarios rotativos especiales o realizar las modificaciones funcionales que se estimen adecuadas, siempre que sea con la conformidad previa del empleado. A su vez, se habilitará el «teletrabajo» según la circunstancia.

Audiencias.
Por otro lado, el STJ decidió que «las audiencias en el fuero penal podrán ser presenciales, semipresenciales o remotas» pero que «estará prohibido del acceso al público». La Oficina de Comunicación Institucional facilitará la información a los medios en casos de audiencias donde existan restricciones de acceso.
Las consultas a imputados y víctimas se realizarán mediante sistemas de videoconferencia, telefonía móvil o cualquier otro medio tecnológico que garantice la comunicación a distancia, y que permita al juez tener una opinión valedera. Se evitará, en la medida de lo posible, el traslado de detenidos. Los imputados podrán seguir los juicios desde sus lugares de detención.
Finalmente, se decidió que la Oficina de la Mujer y Violencia Doméstica (OMyVD) estará a autorizada a atender los casos de su competencia a través de los medios presenciales habituales, los teléfonos de guardia y/o por medios virtuales (videollamadas, Facebook, WhatsApp, etc.). También quedó autorizada a implementar capacitaciones en forma virtual.

 

 

 

 

 

fuente:La Arena

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