El condenado trabajaba en el Hospital Centeno de General Pico.
Las actuaciones iniciadas por la Fiscalía de Investigaciones Administrativas a partir del fallo podrían derivar en la exoneración del trabajador del sistema de salud pública provincial.
General Pico (Agencia) – El juez de Audiencia de Juicio de General Pico Marcelo Pagano dictó sentencia condenatoria contra un trabajador del Hospital Gobernador Centeno por dos hechos de «abuso sexual simple» en el ámbito laboral. El acusado, un hombre de 36 años que se desempeñaba como enfermero en dicha institución, fue hallado penalmente responsable de ese delito en perjuicio de una compañera de trabajo.
La sentencia estableció una pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, además del cumplimiento estricto de reglas de conducta por un periodo de dos años.
Los hechos que motivaron la denuncia y el posterior juicio oral tuvieron lugar hace poco más de dos años, durante el desarrollo de jornadas laborales ordinarias dentro del nosocomio.
Según quedó acreditado en el expediente, el imputado abordó a su colega en dos oportunidades distintas. Mientras ambos mantenían conversaciones propias de la rutina de trabajo, el enfermero aprovechó la situación para realizar tocamientos no consentidos. A pesar del rechazo inicial, el hombre insistió en su conducta momentos después, volviendo al lugar para repetir acciones similares, lo que agravó la situación de hostigamiento y vulneración hacia la víctima.
El proceso judicial, desarrollado entre el 20 y 21 de abril, contó con la participación del fiscal Francisco Trucco, quien solicitó una pena de nueve meses de prisión. Por su parte, la querella particular, representada por la defensora penal Soledad Forte, adhirió a ese pedido, subrayando el impacto del accionar del enfermero.
En la vereda opuesta, los defensores particulares Pedro Febre y Joaquín Gómez buscaron la absolución del imputado, planteo que fue finalmente descartado por el magistrado ante la contundencia de las pruebas presentadas.
Fallo judicial
En los fundamentos de su sentencia, Pagano describió que «las acciones fueron perpetradas de forma subrepticia y contra la voluntad expresa de la damnificada». Para el magistrado, estos episodios se encuadran perfectamente en la figura de abuso sexual simple en concurso real, desestimando la defensa del acusado.
Al momento de graduar la pena, el juez tomó en cuenta la falta de antecedentes penales previos del enfermero y el hecho de que la víctima no presenta actualmente un cuadro de estrés postraumático severo. Sin embargo, no omitió el carácter agravante de que los abusos ocurrieron en un entorno laboral, un espacio donde debería primar el respeto y la seguridad profesional.
En tanto, sostuvo que «no considero una agravante la posición de poder del acusado sobre la víctima (…) ya que considero que este es un medio comisivo».
La vía administrativa
Más allá de la condena penal, el caso tiene fuertes derivaciones en el plano administrativo. Desde el Hospital Centeno se iniciaron actuaciones internas de inmediato, trasladando al enfermero para garantizar la protección de la denunciante. Actualmente, el futuro laboral del condenado está en manos de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas. Dado que la sentencia confirma su responsabilidad criminal, este organismo posee la facultad de aplicar sanciones que podrían derivar en la exoneración definitiva del sistema de salud pública provincial.
Finalmente, la ejecución condicional de la pena quedó sujeta a condiciones rigurosas: la prohibición total de contacto con la víctima, la obligación de fijar domicilio, la realización de un tratamiento psicológico especializado y, fundamentalmente, su incorporación obligatoria al programa de masculinidades violentas del Ente de Políticas Socializadoras.
eldiariodelapampa

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