El Gobierno eliminó este jueves la resolución que exigía paridad de género en la contratación de hombres y mujeres en empresas de todo el país. La Inspección General de Justicia (IGJ) fue la encargada de derogar las Resoluciones 34/2020, 35/2020, 42/2020 y 12/2021 que obligaban a personas jurídicas privadas a tener igual cantidad de trabajadores en sus órganos de administración y fiscalización.
Así lo confirmó el Inspector General de Justicia de la Nación, Daniel Vítolo en su cuenta de X (antes Twitter), además de la publicación de las derogaciones en el Boletín Oficial.
«La obligación de tener hombres y mujeres en igual número en personas jurídicas creadas por particulares había sido invalidada por la Justicia tanto en el fuero Comercial y en el Contencioso Administrativo Federal por sentencias firmes donde los camaristas señalaron que la IGJ había invadido facultades del Congreso», explicó Vítolo en la la red social.
Para luego argumentar: «No es facultad del Poder Ejecutivo decirle a los particulares cómo deben constituir los órganos de las personas jurídicas que constituyen, cuando tienen la libertad que para ello les asigna la Constitución nacional».
Con la derogación, las empresas y asociaciones civiles ya no tendrán la obligación de garantizar la conformación de un equipo integrado por la misma cantidad de hombres que de mujeres.
La norma disponía que “las asociaciones civiles en proceso de constitución; las simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; las sociedades anónimas que se constituyan; las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado deberán incluir en su órgano de administración, y en su caso en el órgano de fiscalización, una conformación que respete la diversidad de género, estableciendo una composición de los órganos referidos para que estén integrados por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos”.
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