El Gobierno buscará modificar la ley de movilidad jubilatoria, que actualmente ajusta los haberes de forma trimestral, y mientras tanto definirá aumentos por decreto, según confirmaron fuentes oficiales al diario Ámbito Financiero.
La ley de movilidad vigente otorga cuatro aumentos por año contemplando la suma del 50 por ciento del aumento trimestral en la recaudación de Anses y un 50 por ciento por la variación salarial en igual período. Si la recaudación y los salarios merman en un escenario de crisis, entonces los haberes apenas se actualizarán.
La Ley de Movilidad Jubilatoria está amparada en la Constitución Nacional que establece en su artículo 14 bis “jubilaciones y pensiones móviles”, es decir que los haberes no pueden congelarse. La ley actual de movilidad puede modificarse a partir de otra ley pero no por decreto.
“Una norma solo puede ser modificada o derogada por una norma de igual o mayor jerarquía de fecha posterior, aclaremos que un decreto es igual que una ley mientras el Congreso esté en receso, pero luego debe ser ratificado por la comisión bicameral”, explicó el abogado especialista en temas previsionales Facundo Fernández Pastor al diario Página 12.
Algo que no puede ocurrir es “sacar o bajar los impuestos que van a Anses, eso lo debe hacer el Congreso”, aseguró Fernández Pastor y aclaró: “Desde hace muchísimos años el sistema de seguridad social en Argentina no se sostiene solo con aportes y contribuciones, sino con impuestos de afectación específica y en caso de ser necesario con transferencias del Estado”.
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