El juez Carlos Federico Pellegrino condenó a un joven a prisión efectiva luego de golpear a su tío en el pueblo de Telén.
Pellegrino lo encontró autor material y penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio y lesiones leves, en concurso real, a la pena de seis meses de prisión.
El magistrado unificó la condena con la pena impuesta mediante fallo N° 102842/2022, de fecha 5 de julio de 2022, que lo condenara a la pena de un año y seis meses de prisión. De esta manera, componen una pena única de un año y medio de prisión, de efectivo cumplimiento.
Este jueves se llevó a cabo en la Sala de Audiencias de Juicio de la Cuarta Circunscripción Judicial, la audiencia de debate oral de la causa caratulada violación de domicilio y lesiones leves, en concurso real. Intervino en representación del Ministerio Público Fiscal, el fiscal Enzo Rangone, mientras que asistió en la defensa al imputado la defensora oficial María Soledad Trímboli.
- El caso
El pasado 3 de junio de 2023, en horas de la madrugada, el acusado ingresó a la vivienda de su tío y lo agredió con golpes de puño. Le ocasionó lesiones de politraumatismo superficial en el rostro, entre otras lesiones.
En el alegato de apertura, el discal Rangone afirmó que el imputado es el autor de los ilícitos que se investigan
El imputado no brindó declaración. En la realización de los alegatos de clausura, el representante del Ministerio Público Fiscal expresó que se encuentran probados los hechos investigados y la autoría del imputado en los mismos, calificando los hechos como violación de domicilio y lesiones leves, en concurso real. Arts. 150, 89 y 55 del C.P.
El fiscal solicitó una pena de siete meses de prisión. Como sobre el imputado pesa una condena de dieciocho meses de prisión de ejecución en condicional de fecha 5 de julio de 2.022, corresponde disponer la revocación de esa pena condicional y la unificación con la presente condena, en suma aritmética de veinticinco meses de prisión de efectivo cumplimiento.
En tanto, la defensa técnica del imputado, al momento de alegar, solicitó la absolución de su defendido: dijo que la violación de domicilio no fue acreditada, que las partes compartían la propiedad y no se configuró delito. Con relación al delito de lesiones leves, dijo que tampoco hay prueba que acredite la autoría de su defendido, por lo que, por aplicación del beneficio de la duda, solicitó su absolución. En forma subsidiaria requirió que se aplique el mínimo de la pena por la comisión de este delito.
- Unificación
Ahora bien, el imputado posee un antecedente condenatorio del 5 de julio de 2022, a la pena de 18 meses de prisión de ejecución condicional. El juez sostuvo que corresponde disponer la revocación de dicha condicionalidad y la unificación con la sentencia.
El juez entendió como justo y proporcional no efectuar suma aritmética en la composición del monto a imponer, manteniendo la pena de un año y medio de prisión, ya establecida, pero modificando la forma de cumplimiento: que sea efectiva.
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