Los autos pueden llevar distintos tipos de identificaciones que cumplen una función específica. Entre ellas se encuentra una chapa o calcomanía con cuadros rojos y amarillos que permite advertir una condición particular de quien está al volante.
Este distintivo identifica a los vehículos conducidos por personas con discapacidad auditiva o hipoacusia, incluso cuando existe una pérdida total de la audición. Su objetivo es facilitar la comunicación y contribuir a la seguridad vial, ya que el conductor podría no percibir determinadas señales sonoras.
El distintivo busca facilitar la comunicación y mejorar la seguridad vial. Imagen generada con inteligencia artificial
Qué significa la calcomanía roja y amarilla de los autos
El damero rojo y amarillo funciona como una señal para el resto de los usuarios de la vía pública. Permite advertir a conductores, motociclistas, ciclistas y peatones que la persona al volante podría no percibir bocinazos, sirenas u otras señales acústicas durante la circulación.
Por eso, cuando un vehículo lleva este distintivo, las señales visuales son especialmente importantes. El uso de luces, gestos u otras formas de comunicación puede facilitar la comunicación en situaciones en las que una advertencia sonora no sería percibida.
La identificación también está relacionada con determinadas condiciones de seguridad del vehículo. La normativa establece que estos autos deben contar con espejos retrovisores exteriores que permitan ampliar el campo visual del conductor y compensar, en parte, la dificultad para percibir algunas señales sonoras.
La normativa establece medidas específicas para las chapas identificatorias. Imagen generada con inteligencia artificial
Quiénes deben usarla y dónde es obligatoria
En la provincia de Buenos Aires a través del Decreto 2719/1994, reglamentario de la Ley 11.430, que correspondía al Código de Tránsito bonaerense se establece que los autos conducidos por personas con discapacidad auditiva deben llevar una chapa visible en la parte trasera.
Debe medir 30 centímetros de largo por ocho de ancho y estar formada por cuadros alternados rojos y amarillos de dos por dos centímetros. Además, deben colocarse otras dos chapas de menor tamaño, de 16 centímetros de largo por seis de ancho, una en cada guardabarros delantero.
La normativa también contempla que estos vehículos tengan dos espejos retrovisores exteriores adicionales, uno a cada lado, de manera que permitan ampliar el campo visual del conductor.
¿Es obligatoria en toda la Argentina?
La calcomanía roja y amarilla no forma parte de una exigencia de alcance nacional. La Ley Nacional de Tránsito 24.449 establece otros criterios para las personas con discapacidad auditiva que buscan obtener una licencia, pero no exige colocar este distintivo en el vehículo.
En algunos casos, pueden exigirse el uso de audífonos, espejos retrovisores panorámicos u otras adaptaciones que ayuden a ampliar el campo visual del conductor.
Tampoco existe en la Ciudad de Buenos Aires una disposición que obligue a colocar la chapa roja y amarilla en los vehículos.
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