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Tierras: La Pampa es la cuarta con menor extranjerización

24/12/2023
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La Pampa tiene 14.281.146,41 de hectáreas rurales, de las cuales sólo 340.780,38 están en manos foráneas, es decir que porcentaje de hectáreas extranjerizadas alcanza el 2.39%. Solamente Córdoba (1,12%), Río Negro (1,78%) y Santa Fe (1,7%), tienen menos porcentaje de tierras que La Pampa en manos de extranjeros.

 

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) presentado en la medianoche del miércoles incluyó la derogación de la denominada Ley de Tierras y allana el camino para una creciente extranjerización del territorio nacional, inclusive regiones estratégicas que contienen recursos esenciales.

 

La ley 26737/12, sobre Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales había sido promulgada en diciembre de 2011 y, desde su nacimiento fue resistida por las inmobiliarias rurales y los grandes terratenientes.

 

En el Gobierno provincial ya advirtieron que la medida tomada por el presidente y su equipo. Fuentes de Casa de Gobierno consultadas por LA ARENA indicaron que «genera que cualquier extranjero puede comprar lo que quiera en nuestro país, incluso tierras limítrofes. Derogar la Ley de Tierra equivale a poner a la Argentina, y por ende a La Pampa, en venta y barata», aseguraron. En esa línea, dijeron que «significará el desguace de una Nación para pasar a ser un mero territorio».

 

Registro de tierras.

 

Con la ley, ahora derogada, se creó el registro de tierras rurales, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con integración del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. El objetivo era mantener el registro de los datos referentes a las tierras rurales de titularidad o posesión extranjera.

 

La norma establecía un límite a la compra de campos por parte de extranjeros de 1.000 hectáreas en la zona núcleo o una superficie equivalente según la ubicación territorial, la cual era determinada por el Consejo Interministerial de Tierras Rurales (previsto en el articulo 16 de la ley) en base a su localización, calidad y proporción respecto del municipio o provincia que integren.

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