Esta iniciativa tiene como objetivo sustituir completamente los formatos tradicionales en papel por uno digital, para asegurar una prescripción más segura, eficiente y transparente.
El Ministerio de Salud de la Nación publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución 5744/2024, mediante la cual dispuso que los repositorios de recetas electrónicas, es decir los archivos que permite almacenar y organizar los recursos digitales, deben estar disponibles para todas las plataformas de prescripción y farmacias, que solo podrán acceder a las recetas que el paciente requiera. El objetivo de esta norma es garantizar las condiciones de funcionamiento del ecosistema de salud digital para la implementación de la Ley N° 27.553 de Recetas Electrónicas.
La receta electrónica no solo implica la digitalización de la prescripción, sino también la creación de un sistema de validación y almacenamiento de estas recetas que garantiza su disponibilidad en las farmacias. Para ello, el Ministerio de Salud dispuso que todos los sistemas informáticos encargados de validar y despachar las recetas electrónicas deben estar disponibles para las plataformas de prescripción y para todas las farmacias en las que el paciente requiera sus medicamentos.
Esto incluye el acceso a los repositorios electrónicos, plataformas que validan las recetas emitidas por los profesionales de salud y las almacenan de manera segura. Estos repositorios de recetas electrónicas cumplen una función esencial en el nuevo sistema, ya que no solo permiten la validación y el almacenamiento de las recetas, sino que también garantizan la privacidad, integridad y confidencialidad de la información del paciente.
Gracias a su implementación, las recetas estarán siempre disponibles para su dispensación, sin importar la ubicación del paciente ni de la farmacia. Este avance no solo agiliza el proceso, sino que también minimiza los riesgos de error asociados a las recetas en papel, como las dificultades de lectura de la letra manuscrita.
Por otro lado, las plataformas de prescripción deberán integrarse a este sistema de repositorios a través de interfaces de programación de aplicaciones (API), un proceso que será obligatorio y deberá pasar por un estamento de autenticación. De esta manera, se garantizará la interoperabilidad de los datos entre las plataformas de prescripción y las farmacias, asegurando que el paciente reciba la medicación adecuada bajo normas de buenas prácticas y con total seguridad.
Hasta el momento, hay 17 provincias con Ley de Receta Electrónica: 11 adhirieron a la Ley Nacional (Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Tucumán); 4 tienen su Ley Provincial de Receta Electrónica (Buenos Aires, CABA, Chubut, La Rioja); 2 tienen el Proyecto de Ley Provincial en curso (Río Negro, Santa Fe).
Cuatro son las Jurisdicciones que utilizan Receta Electrónica y se espera que cuenten con Proyecto de Ley Provincial este año (San Luis, Córdoba, Santiago del Estero, Santa Cruz).
En tanto, 3 no cuentan hasta el momento con una Ley Provincial vinculada a esta iniciativa (La Pampa, Neuquén, Formosa).
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