El gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto, cuestionó con dureza el megadecreto del presidente Javier Milei. “El presidente ha decidido subvertir la Constitución Nacional”, expresó.
“A 40 años de su recuperación, la democracia vive hoy uno de los momentos más duros y tristes de su historia”, declaró en su cuenta social X.
“El presidente y su equipo de gobierno han decidido subvertir la Constitución Nacional para imponer un régimen que tiene como principal objetivo concentrar aún más la riqueza en los poderosos, y sin interesarle el avasallamiento de los derechos básicos y el empobrecimiento de la enorme mayoría del pueblo argentino”, agregó.
“La defensa de los derechos populares no se negocia, el respeto a las reglas democráticas menos aún”, exclamó finalmente.
Esta noche, el presidente Javier Milei, de espaldas al Congreso, presentó un DNU que, con 366 artículos, desregula el comercio interior y exterior, deroga las leyes de Alquileres, de Tierras y de Abastecimiento, recorta derechos laborales, y da el puntapié inicial para privatizar empresas públicas y clubes de fútbol. También se autoriza la cesión del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas y se incorporan las prepagas al régimen de obras sociales.
Luego de que el presidente dicta un Decreto de Necesidad y Urgencia, entra en vigencia cuando se publica en el Boletín Oficial. La Constitución solo habilita el uso de DNU en caso de “circunstancias excepcionales” en las que al Congreso le fuera imposible seguir los “trámites ordinarios” para la sanción de las leyes. Es lo que Javier Milei determinó como “emergencia” en relación a la situación actual.
El presidente tiene 10 días para enviar el DNU a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso. La Comisión Bicameral tiene 10 días hábiles para emitir dictamen sobre la validez del decreto y enviarlo al plenario de ambas Cámaras para que sea tratado. Si la Comisión Bicameral no se expide en ese plazo, las Cámaras deben abocarse de oficio al tratamiento del DNU.
El Senado y Diputados solo pueden aceptar o rechazar el DNU. No pueden introducir enmiendas, modificaciones o agregados. Y se resuelve por mayoría absoluta de los presentes (la mitad más uno).
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