A las 15 en punto comenzó ayer la segunda jornada del juicio oral que se le sigue a la jueza Ana Clara Pérez Ballester y a la asesora Elisa Alejandra Catán por mal desempeño en el diligenciamiento de los expedientes por la tutela y el cuidado personal del niño Lucio Dupuy, quien falleció el 26 de noviembre de 2001.
Pérez Ballester es la jueza titular del Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 1 de General Pico, y Catán está a cargo de la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes N° 2 de esa ciudad. Ambos están suspendidas preventivamente hasta que concluya la tramitación del juicio.
El legajo de la tutela se tramitó en el primer semestre de 2019 y el del cuidado personal en el segundo semestre de 2020. En el primero la madre del niño, Magdalena Espósito Valenti, aceptó otorgarle el cuidado de Lucio a la tía política Leticia Hidalgo porque no estaba en condiciones económicas para mantenerlo. Hidalgo es la esposa de Maximiliano Ezequiel Dupuy Gómez, quien es hermano de Christian Sebastián Dupuy el padre del niño. En el segundo la tía aceptó devolverle la tenencia de Lucio a su progenitora porque tenía trabajo. Ambas causas se resolvieron a partir de acuerdos entre las partes.
El procurador general subrogante, Guillermo Sancho, acusó a las dos funcionarias de no haber oído al niño ni al padre y de no haberle dado intervención a la Dirección General de Niñez. A su vez, a Pérez Ballester le imputó no darle participación al equipo interdisciplinario del Poder Judicial en el cuidado personal y a Catán, haber archivado el expediente de la tutela. Por eso habló de “omisiones e incumplimientos reiterados”.
El proceso se rige por la ley provincial 313 de Jurado de Enjuiciamiento y por eso se realiza en el recinto de la Cámara de Diputados. El tribunal está integrado por su presidente, Fabricio Luis Losi –presidente del Superior Tribunal de Justicia–; las legisladoras provinciales María Silvia Larreta y María Andrea Valderrama Calvo; y las abogadas por la matrícula, Silvina María Garro y María Natalia Gaccio, quien fueron designadas por sorteo.
Por las defensas intervienen el defensor particular, Pablo Rodríguez Salto, representando a la jueza; y la defensora general, Carina Ganuza, y la defensora oficial, Ana Carolina Díaz, en representación de la asesora. Ayer, durante el primer día, Pérez Ballester y Catán expresaron que, por el momento, no iban a declarar.
Mariángeles López, defensora adjunta de la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de La Pampa, fue la primera testigo de esta segunda jornada. Dijo que el organismo recibió dos consultas de Espósito Valenti, una “por un juicio que ya estaba cerrado” y otra para que colaboren “para que salga una sentencia sobre un trámite en la Anses” en el expediente del cuidado personal. Y acotó que, a raíz de ello, se comunicó con Pérez Ballester. “Como fueron asesoramientos y no tenemos un registro propio, no quedaron antecedentes escritos. Fue en plena pandemia”, dijo.
“Lo escribimos a los cuatro o cinco días del fallecimiento de Lucio, al mes y hace una semana. Como Defensoría no encontramos ningún indicador que hiciera sospechar que el niño estaba siendo vulnerado. Al día de hoy seguimos revisando y no encontramos ninguna situación de vulneración que nos hiciera sospechar de maltratos”, sostuvo.
“El pensamiento sobre las escuchas a los niños no es lineal, sino que analizamos el contexto de cada caso en particular para saber si son necesarias o no”, expresó.
Juan Pablo Meaca, defensor a cargo de la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de La Pampa, fue el segundo testigo. Afimó que a los cuatro días de la muerte de Lucio, después de pedirle informes a las Unidades de Niñez de Santa Rosa y General Pico, le indicaron a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas que no había denuncias sobre presuntos malos tratos. “Incluso al día de hoy, y después de una sentencia (condenatoria) no hay informes, denuncias, exposiciones o actas, de organismos públicos y privados, que mostraran algún indicador que el niño estuviera sufriendo situaciones de vulnerabilidad”, dijo.
“El derecho del niño a ser escuchado depende de su desarrollo y su grado de madurez. Pero tampoco hay que poner al niño a decidir un conflicto entre adultos, si se va con mamá o papá, como por ejemplo en cuestiones de alimentos, regímenes comunicacionales o cuidados personales”, sostuvo.
¿Cómo debería actuarse en el cuidado personal de un niño al que se le cambia el centro de vida?, preguntó Sancho. “Si las partes están de acuerdo y al niño se le garantiza el régimen comunicacional, o aún si no hay acuerdo y existe una resolución judicial y se le sigue garantizando ese derecho, no veo que haya cuestiones para oponerse”, dijo.
“Por el cambio de paradigma, el garante del derecho es la familia y el Estado colabora. Lo que se cambió fue la lógica de que debía existir una intervención total del Estado en cuestiones de familia”, manifestó.
¿Es una negligencia grave entregar a un niño con los genitales paspados?, preguntó Rodríguez Salto. “Todos tuvimos hijos y a todos se nos han paspado… Hay que ver el contexto o si se trató de un hecho suelto para intervenir o no”, respondió el testigo. El interrogante tuvo relación con la imputación que pesa sobre Pérez Ballester, acerca de que omitió comunicarle a la Dirección General de Niñez de que esa lesión figuraba en la denuncia que la madre formuló contra el tío Maximiliano Dupuy porque presuntamente le impedía el contacto con Lucio.
María José Mendoza, ex responsable de la Unidad de Niñez de General Pico, dijo que ocupó el cargo desde 2019 hasta fines de 2021. Ganuza le dijo a la testigo que la policía de General Pico, al responder un informe, indicó que existió una comunicación formal a la Unidad de Niñez acerca de un acta de Magdalena Espósito Valenti contra Maximiliano Dupuy y Leticia Hidalgo por violencia de género. “No, no tuvimos intervención. En ningún momento recibimos una denuncia para hacer un seguimiento de una situación” relacionado con el caso, fue la respuesta.
Rodrigo Lofvall, director general de Niñez, Adolescencia y Familia de La Pampa, fue otro de los testigos. “La dirección -dijo- es el organismo de aplicación de la ley cada vez que se vulnera un derecho, sino que es la autoridad de aplicación de la ley. O sea que, cuando se constata la vulneración de derechos, puede intervenir directamente o articular con otros organismos para garantizar esos derechos”. Dijo que están obligados a intervenir “si nos dan intervención” y, ante una consulta sobre si tienen la obligación de emitir informes, contestó que “a veces sí y a veces no”. Con respecto a la escucha de niños y niñas manifestó que depende de “la edad, el contexto y su maduración”. “A veces un niño no está en condiciones de decidir, a pesar de su voluntad de ser escuchado. Si no tenemos una denuncia, una amenaza o un indicador de vulneración de derechos no vamos a instar ninguna acción, intervención o escucha porque no debe haber una injerencia arbitraria del Estado” en temas de familia. “Nosotros nos enteramos quién era Lucio Dupuy por los diarios y ya con los hechos consumados. Previamente no existió ningún pedido de intervención” a ningún organismo.
Rodríguez Salto le preguntó si en el caso de la tutela hacía falta una comunicación al organismo oficial. “En un ejemplo así puede y debe resolver el Poder Judicial. No es por las dudas… Si no me ponen en conocimiento de una vulneración, y lo digo como Poder Judicial, no debo darle intervención a la Dirección”, sostuvo.
A su vez, Sancho le preguntó si la tramitación del expediente del cuidado personal debió comunicarse a la Dirección. “En ese caso diría que no. La tutela y el cuidado personal deberían resolverse en el ámbito judicial, excepto que haya algún derecho vulnerado. No hace falta dar intervención a algún organismo como el nuestro cuando dos padres discuten un cuidado personal”, expresó.
En un momento, Losi pidió que se le lea al testigo la denuncia que la madre de Lucio formuló en 2020 en General Pico. En ella, la madre de Lucio contó que el niño pidió ir al baño y que su pareja, Abigail Páez, le dijo que Lucio había expresado que le dolían los genitales y tenía un sarpullido. Luego Sancho quiso saber si ante ello se le debió dar intervención a Niñez. “En principio, y como apreciación personal, entiendo que no”, respondió Lovfall. “Con eso solo no pareciera que hubiese un derecho vulnerado”.
Cecilia Andrea Milanese, fiscal adjunta de la Unidad de Atención Primaria de General Pico, en tanto, dijo recibió una denuncia de Maximiliano Dupuy contra Espósito Valenti por impedimento de contacto con Lucio. Ella la desestimó porque, cuando recibió la denuncia, el conflicto ya estaba resuelto (el niño había vuelto con su tía Leticia Hidalgo) y porque no había delito sino un incumplimiento del régimen comunicacional.
Andreína Marisol Montes, fiscala de General Pico, intervino en una denuncia de Espósito Valenti contra Maximiliano Dupuy. “La denuncia arrancó con la madre diciendo que quería volver a tener a su hijo. Ahí deslizó que su pareja (Abigail Páez) había visto un sarpullido en Lucio y que no lo había llevado al médico. Previamente había existido una exposición donde no había dicho nada de eso. Al niño no se lo revisó porque lo del sarpullido había sido cinco días antes”, dijo. También manifestó que la madre no puso reparos cuando se archivó la denuncia.
Montes dijo que se le dio intervención a la Unidad de Niñez de General Pico. La testigo Mendoza había afirmado que no tuvieron intervención.
En tanto, Ana María Ballari, fiscala adjunta en la UAP de General Pico, también intervino en la denuncia de Espósito Valenti contra Maximiliano Dupuy por entorpecimiento de contacto. El 31 de mayo de 2020 el tío le había dado a Lucio porque ella fue a visitarlo. Ahí surgió lo de Abigail Páez y el sarpullido. “Descarté que hubiera un delito y que el niño fuera víctima de un delito. Fue un hecho aislado”, sostuvo. No recordó si se le dio intervención a la Unidad de Niñez y ella fue quien archivó la causa. Previamente le dio vista a la madre de Lucio.
Ballari, al archivar la causa, entendió que el Juzgado de Familia era el organismo más competente para resolver el desacuerdo ante el interés de la madre de volver a tener el cuidado del niño.
A su vez, Luciano Nahuel Rebechi, fiscal de género de General Pico, recordó que, ante la denuncia del tío Maximiliano Dupuy contra Espósito Valenti por impedimento de contacto, se le dio intervención a Unidad de Niñez. Dijo que previamente ese organismo ya había intervenido porque “ese mismo día hubo dos exposiciones cruzadas”. Además indicó que en las horas posteriores Lucio fue restituido a su tía, Leticia Hidalgo, que era quien tenía la tutela. Rebechi manifestó que “hay constancias policiales de que intervino la Unidad de Niñez”.
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