El Tribunal, integrado por los jueces Andrés Olié, Daniel Sáez Zamora, y Alejandra Ongaro, condenó este viernes al mediodía a 10 años de prisión a Yanina Coronel, la mujer que fue declarada culpable de intentar envenenar a su ex pareja, el policía Gabriel Páez Albornóz, en septiembre de 2021.
Según informaron, si bien Yanina fue condenada, seguirá en libertad condicional hasta que quede firme la sentencia. En dialogo con «Impacto Castex» Camila Aimar, parte defensora detalló que finalmente Yanina no se encuentra detenida y con su hijo, ya que la justicia no pudo comparecer que este con su progenitor debido a los hechos de violencia de género.
«Dentro de todo tampoco hicieron lugar a lo que pidió el fiscal, si se puede decir estamos tranquilas, vamos a recurrir, y pese a la pena, Yanina sigue en libertad», dijo a este diario su abogada Camila Aimar al ampliar que «siempre estuvimos frente a una escala penal alta y ella se mantuvo siempre a derecho por lo que no tenia sentido privarla de su libertad».
Fundamentos.
¿Por qué el Tribunal se inclinó por los 10 años? Uno de los motivos para darle la pena mínima fue la falta de antecedentes criminales de la acusada, su edad (37 años) y “la condición no solo de mujer, sino además y por sobre todo, de madre, único referente de sustento y contención afectiva de su hijo pequeño de siete años”, según dice el fallo.
En tal sentido, los jueces señalaron que existe una resolución del Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 2 acerca de que no estarían dadas las condiciones para iniciar un proceso de revinculación del niño con el padre y que, frente a ello, la justicia penal –contrariamente al planteo de la querella– no puede valorar esa situación como negativa y así agravar la pena.
El último atenuante a favor de la acusada fue que la propia gravedad del delito estipula una pena mínima de prisión de por sí alta, y que ese ya era un obstáculo legal para que la condena no fuera menor a 10 años. Más adelante, la Audiencia se refirió a los testigos de la defensa que hablaron sobre el comportamiento de Coronel como madre, su cambio favorable después de alejarse de Páez Albornoz y las marcas que vieron en su cuerpo (supuestamente relacionadas con episodios de violencia de género).
“Entendemos que esos testimonios tienen una injerencia directa en esta instancia, toda vez que –junto con las actuaciones que se labraron ante el Juzgado de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes–, revelaron una situación familiar que ameritaba ser considerada y así lo hicimos como una pauta para atenuar la pena. Ello especialmente en lo relativo al rol central que cumple y desempeña Coronel en la contención y protección de su hijo menor”, expresaron los tres magistrados.
En cuanto a los dichos de la fiscalía y la querella de que Coronel planificó previamente el hecho y la peligrosidad del veneno que utilizó para intentar darle muerte al policía, el Tribunal manifestó que esos elementos no fueron “considerados como agravantes en esta nueva instancia de imposición de pena” porque “ambas situaciones ya fueron valoradas en el auto interlocutorio de culpabilidad para atribuirle la autoría del hecho (…) De modo que, volver a valorar esas circunstancias (…) representaría una doble valorización de la misma acción desplegada por la acusada”.
Por último, Ongaro, Sáez Zamora y Olié también desecharon como agravante que la acusada pusiera en riesgo la salud de otras personas –los policías compañeros de Páez Albornoz– ya que pudieron ingerir la sustancia venenosa cuando la víctima regresó al puesto de la Patrulla Rural ubicado en el autódromo provincial.
“No hubo certeza acerca de que ese riesgo pudo haber sido conocido por Coronel. Es cierto que quedó acreditado que Páez Albornoz convidó a sus compañeros de esa bebida, pero también que se trató de un preparado que, bien pudo haber supuesto Coronel, solamente iba a ser ingerido por su pareja”, concluyó la Audiencia de Juicio.
Fuente La Arena
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