De la documentación aportada, según agrega la resolución, no surge «la intención de la entidad de someterse al presente proceso penal y afrontar, en su caso, las obligaciones derivadas del rol de querellante».
«Tampoco le corresponde al juzgador, para suplir aquella falencia, convertirse en intérprete de una supuesta voluntad implícita de una de las partes», añadió el juez.
En ese mismo sentido, Casanello consideró que tampoco están dados los requisitos para aceptar a ONG como particular damnificado en el expediente.
«La condición que habilita la legitimación activa en el proceso penal -como persona ´particularmente ofendida´- es propia de quien, de modo especial, singular, individual y directo se presenta afectada por el daño o peligro que el delito comporte», sostuvo la resolución.
Según el magistrado, «no se advierte la presencia de aquel plus respecto al común de la sociedad que posicione a la Asociación Civil Justa Causa como ´particularmente ofendida´ y afectada de modo especial e individual por los hechos que motivaran la formación de la causa».
En el expediente está pendiente una resolución de la Cámara Federal sobre un planteo similar formulado por otra ONG, Bases Republicanas, cuya presidenta (en uso de licencia) es la diputada de Juntos por el Cambio y consejera de la Magistratura Jimena De la Torre.
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