La Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó una resolución que pone nuevas restricciones para la operatoria con dólares financieros, aunque aclaró que «no afectará a los inversores que utilizan el canal bursátil para dolarizarse». No obstante, desde mañana la compraventa de dólar MEP y de contado con liquidación, tendrá nuevos límites.
La medida, según explicó el organismo regulador, «agrega una limitación a la operatoria en los dólares financieros en diferentes plazos, algo que solo utilizan inversores sofisticados tratando de obtener una rentabilidad con bajo riesgo. A partir de ahora, para poder comprar un bono denominado en dólares con liquidación en moneda extranjera, en un plazo de liquidación menor que 48 horas, el inversor no tiene que haber vendido en los 15 días anteriores (y se compromete a no hacerlo en los 15 días subsiguientes) bonos soberanos denominados en dólares con liquidación en moneda extranjera».
Desde la CNV aclararon que la medida «solamente afecta a inversores sofisticados o arbitrajistas, que suelen realizar operaciones para explotar diferencias de precios de activos iguales o similares en distintas ruedas de negociación».
La medida busca impedir la compra de bonos en dólares con liquidación en contado inmediato o a 24 horas concertando su venta a 48 horas, una operación destinada a hacer una diferencia en el corto plazo. Por eso, en adelante, quienes operen de esa forma deberán esperar 15 días para volver a hacerlo y, a su vez, no deberán haber comprado títulos en dólares en los 15 días anteriores.
Los Agentes de Liquidación y Compensación (Alyc) deberán requerir una Declaración Jurada a los inversores en la que conste el cumplimiento del plazo previo y se asegure el del plazo posterior. Esa exigencia deberá hacerse «en forma previa a concertar las operaciones» para que «conste el cumplimiento de lo aquí establecido», según la resolución de la CNV, la cual deberá ser conservada en los correspondientes legajos.
Cabe aclarar que la opción de comprar un bono con pesos y venderlo en dólares, todo en contado inmediato, seguirá estando permitida. Esta forma de comprar dólar MEP es la más recomendada en el mercado para dolarizar carteras en el mercado formal y sin tener que poner límites a la cantidad de divisas a adquirir.
La nueva restricción, que entrará en vigencia de manera inmediata, apunta a quienes quieran comprar y vender vía dólar MEP para asegurarse una ganancia con la diferencia de los plazos, operando a menos de 48 horas. En medio de la tensión cambiaria, este «rulo» aprovechando ese arbitraje entre el contado inmediato y las 48 horas se había vuelto frecuente y, según entendió la CNV, trajo excesiva volatilidad a las cotizaciones.
Fuentes del organismo regulador señalaron que con esta decisión «se perfeccionó la regulación con la finalidad de garantizar que el volumen de negociación en bonos soberanos en dólares sea genuino, eliminando la influencia de arbitrajes y asegurando una representación más fiel de las transacciones reales de activos».
En los considerandos de la Resolución 969, la CNV justificó la decisión al asegurar: «En el actual contexto económico imperante y en el marco de la reciente evolución del mercado de cambios, se torna necesario reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real, así como el impacto de las operaciones instrumentadas en el mercado de capitales a través de la compra venta simultánea de valores negociables».
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