Los jueces sostuvieron que «esta Sala interviene en el caso en virtud del sorteo efectuado en su primera elevación» el 13 de marzo de 2017.
«La pretensión expresada por la defensa, de que se proceda a un nuevo sorteo de Sala ante la presentación de una queja por recurso de casación horizontal denegado que resulta, a todas luces, improcedente ante el tipo de resolución cuestionada, tornaría ilusoria la vigencia de la garantía del juez natural inmanente al debido proceso legal», argumentaron.
El juez Carbajo decidió apartarse porque, en su voto para intervenir en la causa por lavado de dinero, opinó que el delito precedente en el caso fue la obra pública que recibió Lázaro Báez durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner. Por lo tanto, consideró que ya se expresó sobre el mismo hecho.
Deja tu comentario!