Esto dice el expediente condenatorio:
El día 26 de noviembre de 2021, entre las horas 17:30 y 19:40 Abigail Páez y Magdalena Espósito Valenti habrían agredido físicamente en forma conjunta al niño Lucio Dupuy, mediante golpes propinados con sus extremidades, que provocaron en el niño múltiples lesiones en abdomen; tórax; espalda; piernas; brazos, rostro y cráneo; hematomas en espalda con marca de impresión de calzado, edema cerebral con enclavamiento asociados a dichos golpes violentos y rotura hepática y hemoperitoneo, lesiones éstas que le causaron la muerte, luego de un proceso de agonía.
Lesiones de Lucio cuya data no se puede determinar con precisión.
1) [párrafo omitido].
Lesiones de una data superior a 7 días.
2) «derrames hemáticos difusos en piel de cuello con cicatrices antiguas compatibles con quemaduras de cigarrillo», las que se pueden haber producido por un cigarrillo, sahumerio o cualquier otro elemento prendido en la punta.
3) «hematoma difuso de 7 x 4 cm en ingle derecha», lesión con una evolución de al menos 6 o 7 días.
4) «hematoma de 15 x 11 cm en piel de glúteo derecho que compromete todo el mismo», también con una evolución de al menos 7 días, en razón de la coloración que presentaba. Por las dimensiones de la lesión probablemente «debió dificultarle la caminata», según explicó Toulouse.
5) «múltiples cicatrices lineales antiguas de heridas cortantes superficiales en piel de tórax, abdomen y miembros superiores», tratándose de varias rayas finas superficiales que pueden haber sido cortes con uñas o gillete, presentando una data de 7 u 8 días o más.
Lesiones producidas el 26 de noviembre.
6) “Hematoma en prepucio, circular, toda la circunferencia con desgarro de glande y hematomas en piel escrotal proximal”. Indicó Toulouse que esta herida resulta compatible con mordeduras.
7) “hematomas en cuero cabelludo parietales y temporales derechos anteriores”, se trata de lesiones contusas, con características de objeto plano.
8) “hematomas en piel de cara lado izquierdo desde borde de orbita hasta borde mandibular”, en la que pueden verse la impronta de los nudillos de una mano.
9) “escoriación en mucosa de labio inferior lado derecho con hematoma difuso superior e inferior, labio superior medial”, provocada con o contra objeto contuso.
10) “hematomas difusos en piel de cara externa de brazo izquierdo e impronta de mordedura”, que puede interpretarse como provocada en una acción de defensa cuando le lastiman los genitales y el niño coloca su mano.
11) “hematomas difusos en piel de antebrazo con impronta de mordedura en cara interna del mismo, zona medial inferior”.
12) “hematomas numulares de hasta 2 cm en piel de tórax anterior; derrame hemático difuso en piel de tórax lado derecho en área de 12 cm”, que pueden haberse provocado mediante el uso de un palo de escoba que tiene la punta redondeada.
13) “múltiples lesiones en piel del dorso con derrames hemáticos e impronta de suela de zapatilla en área de 13 por 14 cm”. Refirió durante el debate el Dr. Toulouse que se trata de la impronta de una zapatilla sobre el omóplato, en situación en la que el niño ha estado boca abajo. “No se trata de una patada que hace otro tipo de marca, sino de una pisada, que dejó la marca de la planta del calzado”. Esta lesión externa es la que genera la lesión interna: “coagulo, hígado con desgarro en parte interna, derrames hemáticos productos de este pisotón. La pisada empuja el cuerpo hacia abajo y desagarra el hígado y genera derrame en columna, desplazamiento y restos de hematoma”.
14) “hematomas con derrames hemáticos en piel de cara interna de muslo izquierdo de 14 x 8 cm”, producida por un rasguño ancho.
15) “escoriaciones en piel inguinal derecha próximo a pene de 4 cm y otra en cara anterior de muslo derecho de 7 cm”, producida con algún objeto ancho que excede el rasguño.
Lesiones internas.
16) derrame hemático difuso superficial en laterales. “Pulmones muy edematosos y congestivos, indicativos de agonía”. “Hematoma en cara interna de columna vertebral dorsal media lineal”.
17) en el corazón se observó líquido rosado pericárdico y “hematoma en cara posterior con compromiso perigrandes vasos”.
18) en el abdomen presentaba “sangre en cavidad peritoneal (300 ml)”; “hígado pardo rojizo con desgarro medial de 8 cm y 7 cm de profundidad”.
19) Intestinos delgado y grueso con “hematomas en cara posterior, principalmente colon transverso en casi toda su extensión”.
20) se “aserra calota craneana y se observa marcado edema y congestión cerebral con inicio de enclavamiento de amígdalas cerebelosas”.
Como consideraciones generales de interés refirió que llegó al Hospital Evita aproximadamente a las 23.30 hs. y que la autopsia la realizó al otro día a las 6.30 hs.
Concluyó en la autopsia que Lucio Dupuy falleció por “edema cerebral con enclavamiento, asociado a múltiples golpes violentos que ocasionaron además rotura hepática y hemoperitoneo entre otras causas menores de daños orgánicos”. Refiere luego en el mismo sentido que fallece por “edema cerebral con [interpreto la referencia “como”] consecuencia de politraumatismos violentos”.
En cuanto al horario de la muerte de Lucio Dupuy, indicó que si bien, conforme los registros del Hospital Evita se constató a las 21.45 hs., el niño ya había fallecido cuando ingresó a la institución.
¿La prueba reunida implica –necesariamente- que ambas hayan sido autoras de las injurias sexuales, tal como lo afirmaron las partes acusadoras?.
La respuesta es negativa. El plexo probatorio reunido, especialmente el referido a la prueba pericial genética indicado en el apartado anterior, determinó el hallazgo de material genético de ambas acusadas y Lucio Dupuy. Si lo primero es perfectamente razonable y esperable, en tanto se trata de un elemento destinado al empleo por ellas (sea al mismo tiempo, de modo sucesivo o alternativo, individual o en conjunto), lo segundo deviene incriminatorio respecto del abuso sexual atribuido, aunque no es posible asegurar, con el rigor que exige una sentencia de condena, que ello obedezca –también- a la acción de Magdalena Espósito Valenti: es perfectamente factible que su ADN ya estuviera allí, por empleos anteriores del objeto fálico, cuando la restante acusada agredía sexualmente a Lucio Dupuy.
Si bien entonces no albergo dudas acerca de la ocurrencia del hecho, el modo, el tiempo y elemento utilizado (o al menos uno de ellos); sí, en cambio, creo que las partes acusadoras sólo han logrado producir prueba respecto de la autoría de una de ellas: Abigail Páez.
Fueron varios los testigos de aquellos primeros momentos de Lucio Dupuy, ya sin vida, fuera del departamento, llevado por Abigail Páez que refirieron haber escuchado su versión en relación a que “lo podían hacer golpeado y abusado al nene”; según declaró el agente Argüello que estaba cumpliendo tareas en el Hospital Evita (apartado 50) y que “lo habían violado”, según declararon Edgardo Mourino y Lady Esther Soria (apartado 48), quienes asistieron a Abigail Páez para llevar el niño al Hospital Evita y a quienes razonablemente les llamó la atención de qué forma ella podría saberlo.
Dos bases
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