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La Cámara marplatense, con la firma de los jueces Alejandro taza y Eduardo Jiménez, revocó la decisión del titular del Juzgado Federal N°2, Santiago Martín, «pues debe tenerse por cumplido todos los requisitos establecidos por esta Cámara oportunamente», expresa el fallo.
- Deberán incluirse como “observadores permanentes” a miembros del equipo Pampa Azul, para velar por el cuidado de la ballena franca y denunciar cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente.
- Al mismo tiempo, las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a cincuenta 50 kilómetros del sector que comprende la zona denominada Agujero Azul, la cual abarca una superficie de 148.000 Km2 considerada como el primer eslabón de las cadenas tróficas del mar y por ser el hogar de ‘especies vulnerables’ como corales, esponjas y estrellas de mar, pasando por rayas, tiburones, merluza y calamares.
- La exploración deberá suspenderse de forma inmediata si se verifica cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente.
La Cámara exhortó a que las autoridades «propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control sobre las actividades del proyecto, para cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del medio ambiente, y para velar por el cumplimiento de cualquiera de las condiciones antes establecidas».
Desde la Secretaría de Energía difundieron la decisión judicial en Twitter y remarcaron que «la producción offshore presenta una gran oportunidad para el desarrollo económico de nuestro país».
Asimismo, destacaron: «Desde el Gobierno Nacional controlaremos y exigiremos que la actividad se desarrolle cumpliendo los máximos estándares de seguridad con el objetivo de cuidar nuestro ambiente».
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