La Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH) solicitó que se habilite la feria judicial (es decir que se trabaje aún en vacaciones de verano en la Justicia Federal) y se detenga de manera inmediata a los siete represores acusados de cometer delitos de lesa humanidad durante la Dictadura Cívico-Militar en La Pampa.
La LADH lo hizo mediante un escrito ante el Tribunal Oral Federal (TOF) en carácter de querellante, representada por Graciela Nora Rosenblum. Los siete represores fueron liberados en el marco de la causa judicial conocida como Sub Zona 14 II, argumentando que se habían vencido los plazos para mantenerlos con prisión preventiva.
Diego Acosta, presidente de la Liga (filial La Pampa) y abogado de la querella, comentó que “no es razonable utilizar los cuerpos normativo de forma dogmática (cerrada) sino atendiendo que aquí estamos ante imputados que componen un orden ideológico plasmado en la práctica sistemática de las atrocidades más aberrantes. Estos imputados lejos de ser inofensivos, ostentan intacto ese orden ideológico del terror e impunidad”.
Por otra parte, Acosta recordó que la Corte Suprema de Justicia ratificó que genocidas que cometieron delitos de lesa humanidad deben cumplir la pena en cárcel común independientemente de su edad. Es decir se establece que por ese tipo de delitos no se puede cumplir la pena en el domicilio, “sino que, más allá de la edad, tiene que ir a cárcel común, lo que demuestra un razonable apartamiento de la aplicación de un cuerpo normativo hermético para imputados que cercenaron sin piedad todas las garantías constitucionales de un Estado Social de Derecho”.
La Liga, en la presentación sostiene que, “con ese mismo criterio el Tribunal Oral Federal debe actuar con relación a la prisión preventiva pues, aquí estamos ante represores que actuaban de forma sistemática y concurrente con la comisión de delitos de lesa humanidad en todo el territorio Nacional”. Por ello, Acosta reafirmó que “criminales de esta envergadura no pueden pasar un día fuera de la cárcel”.
Además, destacan la gravedad de la situación en donde se expone a toda la sociedad, especialmente a los testigos y las víctimas. A su vez, representa un peligro para la continuidad de los juicios, ya que existe preocupación en los imputados por ser condenados, lo que llevaría a “conductas tendientes a evadir la justicia, tales como concretar su fuga”.
Un ejemplo de esto es el caso del ex jefe de la Policía Provincial, Luis Baraldini, quien estuvo prófugo e impidió por un largo tiempo su juzgamiento. Esta conducta podría ser repetida de los imputados que gozan de la libertad otorgada por el Tribunal Oral Federal.
Por último, Acosta indicó en declaraciones a FM La Tosca (Santa Rosa) que “como lo expresa mi colega Carina Salvay, que la Sra. Juez actuante en primer lugar resolvió dictar prisión preventiva, producto de una investigación de los hechos que arribó a la gravedad de los mismos y luego se decide la elevación a juicio en virtud de considerar a los imputados como autores penalmente responsables de los delitos que se investigan, de lo que vuelve a observarse la gravedad de los hechos a juzgar. Esta es la razón principal por la cual criminales de esa envergadura no pueden pasar un día fuera de la cárcel”.
Deja tu comentario!