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¿Quiénes deben presentar declaración jurada en Ganancias y Bienes Personales en junio?

05/06/2015
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Muchos empleados están obligados a presentar antes del 30 de junio sus declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales, con carácter informativo. ¿Cómo cumplir con esta requisitoria?

El próximo 30 de junio vence el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia informen a la Administración Federal de los Ingresos Públicos (AFIP), las ganancias brutas que percibieron durante el año calendario 2014. Dicha declaración jurada es de carácter informativo, lo que significa que, no determina un impuesto a pagar.
Como AFIP no actualizó los parámetros fijados en la década pasada, muchos empleados que no pagan ganancias y no tienen bienes que superen el mínimo de 305.000 pesos, deberán presentar la Declaración Jurada informativa de ganancias y bienes personales.
El contador público Ignacio Barrios, de www.ignacioonline.com.ar, en dialogo conminutouno.com ejemplificó: «con ingresos promedios mensuales de 7384.62 pesos brutos, unos $5.981 netos, los empleados deberán presentar la DDJJ informativa de Bienes Personales, posean bienes o no».
«Y quienes superen los 11.076 pesos mensuales brutos, unos $9872 netos, deberán, además, presentar la DDJJ informativa de Ganancias. Independientemente de que hayan sufrido o no retenciones del impuesto», agregó.
Esto es así, ya que los empleados están obligados a realizar la presentación de la declaración jurada informativa, según las siguientes situaciones:
Ganancias y bienes personales: quienes acumularon una ganancia bruta igual o superior a $ 144.000 en el año 2014.
Bienes personales: quienes acumularon una ganancia bruta durante el año 2014 igual o superior a $ 96.000.
La obligación data del 2008, y los parámetros nunca fueron actualizados por AFIP, por lo que por el efecto inflacionario cada año son más los empleados que deben cumplir con la presentación de las DDJJ, destacó Barrios.
La fecha límite para presentar las Declaraciones Juradas el 30 de junio de cada año, y se trata de un vencimiento especial, sólo para los casos en que las mencionadas declaraciones juradas no hayan dado como resultado saldo a pagar o a favor del contribuyente (de ahí el carácter informativo). Ya que en esos casos debieron observar los vencimientos generales de Abril o Mayo.
¿Cómo debo presentar la/s DDJJ informativas de Ganancias y/o Bienes personales?
La obligación se cumple mediante la presentación de declaraciones juradas que se confeccionarán mediante la utilización de la versión vigente al momento de la presentación, del programa aplicativo unificado denominado «GANANCIAS PERSONAS FISICAS – BIENES PERSONALES VERSIÓN 16.0».
Mediante este aplicativo unificado se confeccionan y general los formularios de declaración jurada F. 711 y F. 762/A, correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, respectivamente, que luego se presentan a través del servicio con clave fiscal «Presentación de DDJJ y Pagos» mediante el sitio web de este Organismo (www.afip.gob.ar).
«Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas» – Opcional –
En el caso de sujetos que obtengan ingresos por más de $144.000 tienen la opción de presentar la declaración jurada de ganancias mediante el Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas, que se encuentra online en la web de AFIP. A tal efecto deberá contar con «Clave Fiscal».

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