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Condenado a ocho meses por golpear y amenazar a mujer

03/06/2015
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El juez de audiencia Florentino Rubio condenó ayer a la mañana, en el marco de un acuerdo de juicio abreviado, a la pena de ocho meses de prisión en suspenso a un hombre oriundo de la provincia de Mendoza que le provocó distintas lesiones y amenazas a la mujer con la cual mantuvo durante más de 15 años una relación de pareja. Los hechos investigados ocurrieron en Parera, donde vivía la pareja.
El magistrado condenó a Daniel Darío Díaz (48), tras considerar que fue el autor material de los delitos de lesiones leves calificadas y amenazas simples en concurso real. Además le impuso determinadas reglas de conducta que deberá cumplir por el término de dos años.
Rubio falló luego que la fiscala Ivana Hernández y el defensor oficial Alejandro Caram, presentaran un acuerdo de juicio abreviado a través del cual solicitaron que se lo condenara por haber sido el autor de los delitos que damnificaron a la mujer con la que mantuvo una relación de pareja.
El último de los hechos investigados se produjo el 2 de enero, cuando el imputado en presencia de algunos familiares suyos, le dio un golpe de puño en el ojo y otros más en la zona de las costillas a la mujer que era su pareja y con la cual tiene dos hijos en común. El otro hecho que se juzgó, fueron las amenazas que profirió contra su mujer y contra su ex suegra en la vía pública, a quienes amenazó de muerte.
El magistrado entendió que los hechos y la autoría de Díaz, quedaron acreditados a partir de la declaración de su ex pareja y a partir de los certificados médicos, tanto del profesional que la atendió en primera instancia, como del expedido por el forense Rubén Bocchio. También formaron parte del material probatorio, las fotografías de las lesiones que presentaba la damnificada, y el trozo de caño secuestrado, con el que Díaz la habría golpeado.
El funcionario judicial además entendió que la calificación legal acordada por las partes, había sido la correcta, debido a que las lesiones denunciadas revestían el carácter de leves, y además se pudo cotejar que se había consumado el delito de amenazas simples.

Acuerdo de pena.
Ayer a la mañana Rubio también condenó a Daniel Alberto Nilles (22), oriundo de Caleufú, al encontrarlo responsable de los delitos de lesiones leves y amenazas simples en concurso real. Además le impuso como reglas de conducta, la exigencia de fijar residencia y de abstenerse de acercarse a menos de 200 metros de la víctima. También deberá someterse a un tratamiento psicológico, y se le impuso una prohibición de comunicación para con el damnificado.
En el marco de esta causa, el juez dictó sentencia, luego de aceptar el acuerdo de juicio abreviado que presentaron el fiscal Alejandro Gilardenghi y el defensor privado, Carlos Pedro Febre.
El hecho que se investigó ocurrió el 3 de mayo del año anterior, cuando el acusado llegó al domicilio de otro joven, ubicado en Caleufú, y sin mediar palabra le aplicó varios golpes de puño en el rostro y en el resto del cuerpo, y le profirió distintas amenazas. La víctima de este hecho sufrió excoriaciones, un hematoma y una herida cortante pequeña en el ángulo del ojo derecho.

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